La Escuela Nacional de Control presenta la Segunda Especialidad Profesional en Control Gubernamental, programa que ha considerado la experiencia académica y administrativa de la Maestría en Control Gubernamental, con el propósito de fortalecer las competencias de los auditores gubernamentales para un mejor desempeño de sus labores técnicas. Esta segunda Especialidad consta de dos semestres de formación y para obtener el Título Profesional de Segunda Especialidad Profesional en Control Gubernamental otorgado por la ENC a nombre de la Nación, de conformidad con la Ley Universitaria y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, deberá desarrollar un trabajo de investigación enmarcada en las líneas de investigación de la ENC.
Los y las estudiantes recibirán un entrenamiento especializado y actualizado. En ese sentido, el proceso de enseñanza y aprendizaje es a través del aula invertida, mediante una plataforma virtual de soporte académico en funcionamiento ininterrumpido (24x7x365), sin restricciones de horario. De este modo, podrán capacitarse estudiantes de todo el territorio nacional, lo cual redundará en resultados de mayor calidad y con propuesta de innovación en los servicios de control.
Programa de excelente
nivel académico
Título a nombre de la
Nación reconocido
por la SUNEDU
Intercambio de
conocimientos con
pares con experiencia
en diversos servicios
de control
Aula Invertida
(estudia a tu ritmo)
74% asincrónico
26% sincrónico
Semestre I
Asignaturas
Requisito: Evidencia en el Control Gubernamental
Semestre II
Asignaturas
Requisito: Seminario de Investigación I
Cierre de
Inscripciones:
21 de junio de
2024
Inicio de clases:
17 de agosto de
2024
Horario sincrónico:
Martes y jueves de
7:30 p.m. a 9:30 p.m.
y sábados de 3:00 pm.
a 5:00 pm.
Horario asincrónico:
24x7
Modalidad:
Virtual
Duración:
1 año
a) Ser colaborador(a) con vínculo laboral o contractual del Sistema Nacional de Control (SNC)¹
b) Tener título universitario u otro equivalente expedido por una institución de educación superior.
c) Tener como mínimo cinco (05) años de experiencia profesional² en control gubernamental o gestión pública. Para lo cual debe completar el formulario del Anexo N° 1.
d) No tener condena por delito de terrorismo, violación contra la libertad sexual y delitos de corrupción de funcionarios. Para lo cual debe completar el formulario del Anexo N° 2.
e) La/el postulante deberá completar el formulario del Anexo N° 3 en el que declaren lo siguiente:
• No tener antecedentes penales, policiales ni judiciales.
• No estar inscrito en el Registro de Deudores Judiciales Morosos - REDJUM
• No estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos - REDAM
f) Declaración jurada de no tener vínculo de parentesco con personal de la Subdirección de Posgrado de la Escuela Nacional de Control (ENCP) Anexo N° 4
______________________________________
¹Para aquellos(as) profesionales que presten servicios no personales se acreditará a través de las conformidades de servicio o en su defecto los certificados de prestación de servicio.
²La experiencia profesional se contabiliza desde que se obtiene la condición de egresado(a) hasta un (01) día antes del cierre de las inscripciones del presente Proceso de Admisión, asimismo, se debe tener en consideración que el tiempo de experiencia profesional se computa de forma anual.